Virginia Barrera Rodríguez*
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social publicó el primero de mayo del 2019 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), un decreto en el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo; estas son de especial interés para los trabajadores y trabajadoras en el país, porque establecen normas que rigen el derecho individual del trabajo, el derecho colectivo y una reforma procesal, esta última, implica la intervención del Poder Judicial y la desaparición de las Juntas de Conciliación y Arbitraje. Dichas reformas son importantes y relevantes para la democratización de los sindicatos, la equidad de género (la reivindicación del derecho de las mujeres a la igualdad laboral) y para consolidar los derechos adquiridos.
Algunos puntos a destacar son: el patrón tiene la obligación (artículo 132, fracciones XXX, XXXI, XXII y XXXIII), cuando tiene celebrado Contrato Colectivo de Trabajo, entregar a los trabajadores de manera gratuita un ejemplar impreso de dicho contrato; un protocolo para prevenir la discriminación por razones de género y la atención a casos de acoso o violencia sexual, esto de acuerdo y en conjunto con los trabajadores, así como fijar y difundir el texto fiel de convocatorias y documentos que solicite el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) para los procedimientos de consulta como son el voto libre y secreto. Podemos decir, que lo que destaca de esta reforma laboral, es el recuperar la dignidad del trabajador y acercar la justicia laboral evitando la simulación en los procedimientos de negociación colectiva.
Luisa María Alcalde, exsecretaria del Trabajo y Previsión Social dio algunos datos interesantes sobre los avances en la implementación de la reforma laboral: La instalación de 151 Centros de Conciliación atendidos por 802 profesionales en la mediación, así como, 148 sedes de Tribunales Laborales que cuentan con 317 jueces. En cuanto a la libertad y democracia sindical se registra que 350 mil trabajadores han elegido a sus comités ejecutivos a través del voto secreto y directo y 2 millones de trabajadores han participado y decidido en la aprobación de sus contratos colectivos, es así que aquellas han sido legitimadas por una participación del 80% y un avance del 5.7% en mejores salarios.
El gobierno de la Cuarta Transformación (4T) al reformar en 2019 la Ley laboral, planteó como un objetivo principal impulsar los cambios necesarios para que las mujeres –en igualdad de condiciones– puedan participar en cargos de dirección y tomas de decisiones. En el Artículo 371, apartado IX Bis, de la Ley Federal del Trabajo, se estableció la obligación de contar con una representación proporcional en equidad de género en las mesas directivas de los sindicatos. Actualmente, de acuerdo a la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) la participación de las mujeres en los sindicatos en México se encuentra por debajo del promedio a nivel internacional.
En el Foro Internacional, A tres años de la reforma, el futuro del movimiento laboral en México, se destacó un dato muy relevante al señalarse que de acuerdo a la Confederación de Equidad e Integración Nacional (CONFEDIN), sólo el 8% de los sindicatos en nuestro país están dirigidos por mujeres. También se consideró que no solo se debe garantizar la inclusión sindical de las mujeres, o que haya más mujeres “es indispensable su acceso a los espacios de toma de decisiones”.
El presente texto es la introducción a una serie de entrevistas a compañeras sindicalistas del sector cultura; principalmente a compañeras que tienen cargos en los comités ejecutivos o comisiones en los sindicatos gremiales. El propósito de este ejercicio es obtener información específica del papel de las mujeres en la organización y en la toma de decisiones al interior de los sindicatos; con el fin de detectar las problemáticas y buscar soluciones a las mismas. Estoy segura que es el inicio de un diálogo permanente entre compañeras sindicalistas para avanzar y no dar un paso atrás en los derechos adquiridos.
No podemos dejar de reconocer que de 2019 a la fecha hay avances significativos para las y los trabajadores ya que la economía mantiene aumentos del más del 3%; a la fecha más de 21 millones de trabajadores están inscritos al Instituto Mexicano del Seguro Social, el salario mínimo ha tenido aumentos de más del 70% en términos reales en los últimos 40 años y se aplica la nueva reforma laboral que implica el respeto al voto libre y secreto en las elecciones sindicales, entre muchos otros logros en beneficio de los trabajadores y de las trabajadoras. Sin embargo, falta todavía avanzar en el tema de la corrupción e impunidad al interior de las instituciones públicas que atrasan o dificultan las negociaciones y la aplicación de los derechos laborales.
La primera entrevista que publicaremos en 2024 será a la compañera Beatriz Aguilar Plata, Secretaria de formación sindical y comunicación en el Sindicato Nacional Indepediente de trabajadores del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (SINITINBAL) uno de los más de 30 sindicatos que actualmente existen en el llamado sector cultura del gobierno federal.

* Estudios en ciencias de la información; arte y patrimonio cultural y maestrante en periodismo político.
Referencias:
Secretaría de Gobernación. (2019). Ley Federal del Trabajo, Diario Oficial de la Federación, México. Recuperado de https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5559130&fecha=01/05/2019#gsc.tab=0 Fecha de consulta: 25 octubre, 2023.
Gobierno de México. (2022). La Reforma Laboral, una aspiración de cambio que hoy se convierte en realidad a nivel nacional. Recuperado de https://www.gob.mx/stps/prensa/la-reforma-laboral-una-aspiracion-de-cambio-que-hoy-se-convierte-en-realidad-a-nivel-nacional?idiom=es Fecha de consulta 30 de octubre de 2023.
Gobierno de México. (2022). 4 años de transformación. Recuperado de https://www.gob.mx/presidencia/es/articulos/version-estenografica-4-anos-de-transformacion?idiom=es Fecha de consulta 27 de noviembre, 2023.











